¿Hacia una existencia multiplanetaria? Las obligaciones de las empresas en materia de derechos humanos en Marte

Un autorretrato por el explorador de Marte Perseverance de la NASA. Crédito: NASA/JPL-Caltech/MSSS

Los recientes avances tecnológicos, como las naves espaciales reutilizables y los vehículos de lanzamiento impresos en 3D, han acelerado la posibilidad de una existencia multiplanetaria, lo cual ha impulsado una carrera espacial de empresas privadas para enviar seres humanos a Marte en 2030. Según Elon Musk, consejero delegado de SpaceX, en 2060 podría haber alrededor de un millón de seres humanos viviendo en el Planeta Rojo.

Aunque la colonización de Marte sigue siendo hipotética por ahora, la posibilidad de una existencia multiplanetaria plantea cuestiones fascinantes acerca de la universalidad del marco de derechos humanos y, más concretamente, sobre las obligaciones en materia de derechos humanos de las empresas privadas en Marte.

Estas cuestiones se complican por las declaraciones contenidas en un acuerdo legal de SpaceX en el que se reconoce que "Marte es un planeta libre" y se afirma que "ningún gobierno terrestre tiene autoridad o soberanía sobre las actividades marcianas". Si empresas como SpaceX sostienen que los gobiernos carecen de autoridad sobre lo que ocurre en Marte, ¿qué obligaciones en materia de derechos humanos tendrán estas empresas hacia los colonos marcianos?

La ampliación de la protección de los derechos humanos en Marte debe considerarse en relación con la corporativización de la existencia multiplanetaria. La antropóloga Kimberley D. McKinson advierte sobre la colonización de Marte por entidades privadas como SpaceX, al argumentar que "estas corporaciones corren el riesgo de continuar efectivamente los legados coloniales más violentos de la Tierra al replicarlos en el espacio exterior". Juan García Bonilla, que estudia la exploración espacial, está igualmente preocupado por el papel de las empresas privadas en esta exploración, y sugiere que ciertos derechos de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) podrían verse amenazados.

La Oficina de Asuntos del Espacio Ultraterrestre de las Naciones Unidas, encargada de ayudar a los países a aprovechar los beneficios del espacio, aún no ha brindado ninguna orientación sobre la aplicabilidad de los derechos humanos en el espacio o en Marte. En su publicación más completa sobre derecho espacial internacional, hay una referencia a los derechos humanos, pero se limita a las emisiones internacionales directas de televisión por satélite.

En consecuencia, hay poco consenso sobre las implicaciones de la existencia multiplanetaria para las empresas y los derechos humanos. Sin embargo, los investigadores parecen partir de dos premisas sobre este tema: en primer lugar, que el marco de los derechos humanos puede y debe ampliarse a Marte y, en segundo lugar, que las empresas privadas tienen cierta responsabilidad en el respeto, la protección y el cumplimiento de los derechos humanos en Marte.

Pero los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos establecen que las empresas sólo están obligadas a respetar los derechos humanos. Y, aunque los Estados tienen la obligación de garantizar que las empresas no violen los derechos humanos, esta obligación se limita generalmente a la jurisdicción o territorio del Estado. Los Principios Rectores indican que los Estados "no están obligados en general, en virtud del derecho internacional de los derechos humanos, a regular las actividades extraterritoriales de las empresas", pero tampoco tienen "prohibido hacerlo".

En la Observación General 24, las obligaciones extraterritoriales de los Estados en virtud del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC) "surgen cuando un Estado Parte puede influir en situaciones situadas fuera de su territorio... controlando las actividades de empresas domiciliadas en su territorio y/o bajo su jurisdicción". Estas obligaciones estatales de regular la actividad extraterritorial de las empresas son útiles.

Sin embargo, los Principios Rectores y el marco internacional de derechos humanos en general no brindan ninguna orientación sobre cómo podrían los gobiernos supervisar las actividades en Marte y tomar las medidas necesarias para hacer frente a las violaciones de los derechos humanos. Además, dado que muchas de las empresas que planean viajar a Marte, como SpaceX, Blue Origin, Impulse Space y Relativity Space, tienen su sede en Estados Unidos, es poco probable que el gobierno estadounidense cumpla la Observación General 24, ya que aún no ha ratificado el PIDESC.

En los casos en que Estados Unidos ha ratificado instrumentos de derechos humanos como el PIDCP, el gobierno argumenta sistemáticamente en contra de la aplicación extraterritorial del pacto. Más recientemente, EE.UU. se retiró de los debates sobre el desarrollo de un tratado sobre empresas y derechos humanos, y citó, entre otras cosas, la "aplicación extraterritorial de las leyes nacionales" del tratado.

Dicho esto, la Administración Nacional de la Aeronáutica y del Espacio (NASA), que financia parte del proyecto de exploración de Marte de SpaceX, tiene un documento de política en el que se afirma que "El trabajo en los acuerdos de cooperación de la NASA está sujeto a las disposiciones del Título VI de la Ley de Derechos Civiles de 1964". El documento de política de la NASA sobre acuerdos de cooperación con empresas comerciales hace referencia a la prohibición del Título VI de discriminar por motivos de raza, color u origen nacional en cualquier programa que reciba financiación gubernamental. Aunque esto sugiere que el gobierno estadounidense tiene la obligación, en virtud del Título VI, de garantizar que SpaceX cumpla la Ley de Derechos Civiles, el título se refiere específicamente a "ninguna persona en los Estados Unidos".

Aunque estas disposiciones son limitadas y no garantizan la protección de los derechos humanos de los colonos multiplanetarios, apuntan a la capacidad potencial del gobierno para regular la actividad empresarial en Estados Unidos en lo que respecta al trabajo en Marte. Pero, dada la oposición de EE.UU. a la aplicación extraterritorial de los tratados de derechos humanos, combinada con la afirmación de SpaceX de que "ningún gobierno terrestre tiene autoridad o soberanía sobre las actividades marcianas", la probabilidad de que las empresas con sede en EE.UU. protejan y cumplan los derechos humanos en Marte sigue siendo ambivalente.

A pesar de los recientes contratiempos para lanzar el cohete más potente de SpaceX, los retos que plantea la futura existencia multiplanetaria no son un mero ejercicio intelectual. Las empresas, más que el Estado, han estado históricamente en la frontera de la colonización. Por ejemplo, la Compañía Holandesa de las Indias Occidentales "desempeñó un papel destacado en el establecimiento de colonias" durante el siglo XV.

Al reconocer que las empresas están liderando los esfuerzos para colonizar Marte, lo que probablemente se hará realidad en las próximas décadas, debe prestarse atención al papel que desempeñan las empresas en la configuración de un futuro multiplanetario. Los derechos humanos brindan un marco que puede influir en la existencia multiplanetaria y, al mismo tiempo, promover mecanismos que refuercen la responsabilidad de las empresas.