El litigio climático como herramienta para cerrar la brecha de rendición de cuentas del lado de la oferta

 


La emergencia climática exige que todos pongamos manos a la obra. Los jóvenes se manifiestan en protestas y activismo para recuperar su futuro; los activistas abogan por una acción climática más contundente; los tribunales de todo el mundo ayudan a salvar la brecha de impunidad y cerrar los vacíos existentes. Esto incluye la rendición de cuentas por la provisión de combustibles fósiles. Pese a que los demandantes perdieron, un fallo reciente del Tribunal de Apelación de Noruega es, en ciertos sentidos, un paso en la dirección correcta. Por primera vez, un tribunal dictaminó que Noruega, como proveedor de combustibles fósiles, es responsable de las emisiones de sus productos más allá de sus fronteras (“emisiones exportadas”).  

Una advertencia para los narcodistribuidores 

Evocando las palabras de un personaje ficticio de Scarface de Brian de Palma (“no consumas tu propia mercancía”), un país como Noruega puede aplicar políticas favorables para el clima a nivel nacional mientras sigue beneficiándose de la exportación de combustibles fósiles.  

De hecho, las emisiones mundiales de carbono derivadas de la quema de combustibles fósiles extraídos en Noruega son alrededor de diez veces mayores que las emisiones de carbono totales dentro de Noruega. Noruega es el séptimo mayor exportador de emisiones del mundo. En 2016, el entonces ministro de Clima y Energía de Noruega proclamó: “mientras el mundo necesite petróleo y gas, nosotros lo proveeremos”. 

Pero esta “defensa del narcotraficante” —utilizada por la industria de los combustibles fósiles, usualmente con el apoyo de los gobiernos, para escapar de cualquier responsabilidad jurídica y moral— plantea que el suministro de fuentes de energía contaminantes seguirá fluyendo de todas maneras, aunque se cierre una de las fuentes. Estos argumentos se refuerzan por el hecho de que, en la lucha contra el cambio climático, “es menos frecuente que se hable sobre políticas internas del lado de la oferta, y mucho menos que se busque aplicarlas”.  

El gobierno noruego enfrenta una demanda por emprender nuevos proyectos de exploración de combustibles fósiles en un momento en el que ya descubrimos más petróleo del que podemos permitirnos consumir si queremos alcanzar las metas de temperatura del Acuerdo de París. En el caso de El pueblo vs. Arctic Oil, los codemandantes Nature and Youth y Greenpeace Nordic (junto con las partes coadyuvantes, Grandparents Climate Campaign y Friends of the Earth Norway) sostienen que estas acciones violan el derecho a un medio ambiente saludable consagrado en la Constitución de Noruega y contravienen las responsabilidades de Noruega en virtud del derecho internacional.

Tomar en cuenta las emisiones después de la exportación implica que más judicaturas podrían salvar esta brecha de rendición de cuentas.

A principios de este año, el Tribunal Noruego de Apelación dictaminó que el gobierno no infringió el derecho constitucional a un medio ambiente saludable al otorgar nuevas licencias de perforación en el Ártico. No obstante, el Tribunal determinó que, para establecer si el gobierno había infringido este derecho, es preciso tomar en cuenta todas las emisiones de gases de efecto invernadero derivadas del petróleo que Noruega exportó al extranjero. Según el Tribunal de Apelación, Noruega es responsable de estas emisiones después de la exportación porque hay una “clara relación entre la producción y la combustión”, y porque la preocupación por las generaciones futuras así lo exige.  

Tomar en cuenta las emisiones después de la exportación implica que más judicaturas podrían salvar esta brecha de rendición de cuentas. Por ejemplo, en el caso Gray vs. Ministro de Planificación de 2006, un tribunal federal australiano sostuvo que la evaluación de impacto ambiental para una mina de carbón no tuvo en cuenta las posibles emisiones de gases de efecto invernadero procedentes de la quema de carbón por terceros, fuera del control de los proponentes de la mina de carbón, debido a la futura liberación de gases de efecto invernadero y el aumento del calentamiento del planeta. En 2019, en el caso Gloucester Resources Limited vs. Ministro de Planificación, el tribunal sostuvo específicamente que las emisiones de la combustión de recursos exportados se deben incluir en la evaluación realizada en virtud de la legislación australiana.  

Estas sentencias, junto con los avances científicos, el apoyo de la sociedad civil y una comprensión cada vez más profunda de qué derechos humanos están en juego, constituyen una advertencia para los proveedores de combustibles fósiles: ya no es posible evadir la justicia climática.  

¿Qué sigue? Cuatro lecciones para llevar al Tribunal Supremo de Noruega 

A medida que los demandantes, la sociedad civil, los simpatizantes y los abogados se preparan para el siguiente capítulo de la batalla para cerrar la brecha de rendición de cuentas del lado de la oferta, es preciso tomar en cuenta tres lecciones.  

      1. De París con amor 

El Tribunal de Apelación de Noruega determinó que para alcanzar las metas del Acuerdo de París se requieren reducciones drásticas de las emisiones y que “esto se opone directamente a la búsqueda de nuevos descubrimientos” de petróleo y gas. Sin embargo, el Tribunal también determinó que las fuentes de emisiones no son fijas y que existe un proceso político para evaluar dónde habrán de ocurrir las reducciones. De acuerdo con el Tribunal, no compete a la judicatura hacerlo mediante una revisión constitucional.   

Además, el Tribunal de Apelación señaló acertadamente que el Acuerdo de París no impide que se tengan en cuenta las emisiones exportadas. De hecho, el Acuerdo de París, en opinión de los codemandantes, respalda esta conclusión mediante el principio de las responsabilidades comunes pero diferenciadas.  

Algunos casos ya han demostrado que los compromisos de París sí importan, y los tribunales de todo el mundo están exigiendo cuentas a los gobiernos, como en los casos de Urgenda en los Países Bajos y Dejusticia en Colombia.  

     2. La perfección no existe  

El Tribunal de Apelación de Noruega aceptó el argumento de que cualquier reducción de la oferta de petróleo en Noruega se reemplazaría en otro lugar. Los codemandantes sostuvieron que no se puede presuponer que habrá una “sustitución perfecta”. Statistics Norway observó que “solo la mitad de cualquier reducción del volumen de producción sería reemplazada por la producción en otros países”. De acuerdo con un estudio realizado por el Stockholm Environmental Institute, “varios análisis han mostrado que... cuando aumenta la producción mundial de petróleo, también aumenta el consumo de petróleo y las emisiones generales de CO2”.  Por otra parte, un estudio realizado por Oil Change International mostró que “al no limitar la producción de combustibles fósiles del lado de la oferta, esas regiones socavan sus propios compromisos y refuerzan los incentivos para que la industria del petróleo continúe su expansión a nivel global”. 

       3. Ninguna reducción de emisiones es insignificante  

El Tribunal de Apelación de Noruega concluyó que las emisiones derivadas del petróleo y el gas son menores en comparación con las emisiones globales. También concluyó que “desde una perspectiva jurídica, las medidas para combatir las emisiones globales son más difíciles” (aunque sin señalar que la medida más sencilla es reducir la oferta).  

Uno de los mensajes clave de la sentencia del Tribunal Supremo en el caso Urgenda con respecto a la responsabilidad de los Estados es que “ninguna reducción es insignificante”. En Urgenda, el Tribunal Supremo enfatizó que “un país no puede eludir la parte de responsabilidad que le corresponde en la adopción de medidas aduciendo que, en comparación con el resto del mundo, sus propias emisiones tienen un alcance relativamente limitado”. Unos meses antes, en Gloucester Resources Limited vs. Ministro de Planificación, el tribunal concluyó que “no importaba que las emisiones de la mina serían solo una fracción de las emisiones mundiales totales”. 

El futuro es hoy 

David Boyd, relator especial de las Naciones Unidas, llevó a cabo una visita a Noruega y en su declaración de final de la misión (y su informe final sobre la visita) afirmó que:  

“la paradoja noruega es que su liderazgo en algunos aspectos de la respuesta a la emergencia climática mundial es posible gracias a la riqueza generada por una gran industria petrolera. Para ejercer un liderazgo internacional en materia de cambio climático —el principal desafío en materia de derechos humanos que enfrenta la humanidad en nuestros días—, Noruega debe dejar de buscar nuevas reservas de petróleo y gas, dejar de ampliar la infraestructura de combustibles fósiles”.  

Centrarse en las medidas de adaptación y la demanda de combustibles fósiles no es suficiente. Sin embargo, el hecho de que no estamos solos debe inspirarnos. Alrededor del mundo, se han entablado más de 600 casos para obligar a que se tomen medidas y evitar que se siga exacerbando la crisis climática. Es hora de cerrar la brecha de rendición de cuentas del lado de la oferta.