Una justicia esquiva: exigir cuentas a las empresas matrices por las violaciones de derechos humanos

Recientemente, el Tribunal Supremo del Reino Unido descartó una demanda presentada por dos comunidades empobrecidas en el delta del Níger contra la gigante petrolera Shell. Este es un duro golpe para las comunidades en su lucha por la justicia tras años de sufrir devastadores derrames de petróleo.

Pero el fallo también tiene implicaciones más amplias para la rendición de cuentas corporativa, ya que hace que resulte más difícil entablar causas judiciales posteriores contra las empresas británicas que violan los derechos humanos en otros países. Como tal, el dictamen está en el núcleo de una situación en la que las corporaciones multinacionales gozan de una impunidad que contrasta marcadamente con sus enormes ganancias y poder. Demuestra una vez más la necesidad de implementar reformas legales que realmente ayuden a que las víctimas de los abusos de las empresas tengan un mejor acceso a los tribunales en las jurisdicciones en las que tienen su sede las grandes corporaciones (el país “de origen”).

La realidad es que las personas siguen sufriendo los abusos de las empresas que operan a través de las fronteras pero casi nunca se aplican remedios significativos.

La realidad es que las personas siguen sufriendo los abusos de las empresas que operan a través de las fronteras, particularmente en los países en vías de desarrollo, pero casi nunca se aplican remedios significativos. Imaginemos a la mujer nigeriana que una mañana despierta y descubre que la ribera en la que solía recolectar moluscos está cubierta de petróleo negro y pegajoso. Petróleo que nunca se limpia adecuadamente y que sigue filtrándose al agua y a la tierra durante años, a veces décadas, destruyendo su medio de subsistencia y su fuente de alimentación, y poniendo en riesgo su salud.

Esta es una experiencia familiar en el delta del Níger, donde ocurren cientos de derrames de petróleo cada año. Se han documentado ampliamente las décadas de destrucción masiva del medio ambiente y sus profundos efectos sobre los derechos de los habitantes de la región. Shell es el operador terrestre más grande y ha estado en la zona desde que se descubrió petróleo ahí por primera vez en 1956. En 2011, el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente concluyó que el procedimiento de Shell para limpiar los derrames de petróleo “no satisface los estándares ambientales conforme a las leyes nigerianas ni, de hecho, los propios estándares [de Shell de Nigeria]”. El deficiente procedimiento de limpieza recibió la aprobación de las oficinas centrales de Shell y se basa en la orientación de las mismas.

El tribunal del Reino Unido dictaminó que la empresa matriz de Shell no puede ser considerada responsable por el papel que ha desempeñado su filial nigeriana, de propiedad total, en la contaminación por petróleo y las violaciones de derechos humanos. Esta decepcionante decisión se basa en una interpretación estricta del derecho corporativo conforme a la cual la empresa matriz se considera jurídicamente independiente de su filial. Sin embargo, esta es una distinción artificial cuando se trata de la responsabilidad por las violaciones de derechos humanos, incluidas a través de las fronteras. Shell argumenta que el caso concernía a demandantes nigerianos y a una empresa nigeriana. Pero nuestra experiencia al trabajar en esta cuestión ha demostrado que la empresa matriz de Shell está profundamente involucrada en Nigeria, y todas nuestras interacciones han sido dirigidas por el personal de Shell en Londres y en La Haya.


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Local residents survey the aftermath of an oil spill in the Niger River Delta.


Los esfuerzos de Shell para distanciarse de su filial nigeriana siguen una estrategia ya establecida de los agentes empresariales para defenderse de las denuncias de violaciones presentadas ante los tribunales de sus Estados de origen. El resultado es que, con demasiada frecuencia, estos casos se descartan con base en problemas en los procedimientos preliminares, antes de que se llegue a escuchar siquiera el fondo del litigio. Los tribunales estadounidenses desestimaron las demandas contra Union Carbide Corporation (UCC) con respecto al desastre industrial de Bhopal de 1984, en el que murieron más de 22,000 personas, después de que UCC argumentara que su filial India era responsable. Esto a pesar de la existencia de documentos internos en los que constaba que UCC fue responsable del diseño y del control técnico y operativo de la fábrica de Bhopal y que estaba al tanto de los problemas de seguridad.

Con frecuencia, las víctimas presentan sus demandas en el país de origen de la empresa porque entablar acciones legales es muy difícil o simplemente imposible en sus propios países. Ya hace mucho tiempo que los responsables políticos deberían haber cuestionado las maneras en las que el marco jurídico vigente del derecho empresarial se puede utilizar para debilitar los derechos humanos y el derecho de las víctimas a acceder a un recurso legal en los países de origen. Actualmente, los académicos, la ONU y otros actores han reunido un importante cuerpo de trabajo a fin de identificar formas de atribuir responsabilidad jurídica a las empresas matrices por las violaciones de derechos humanos cometidas por sus filiales en el extranjero. Amnistía Internacional ha presentado propuestas de reformas legales específicas; por ejemplo, invertir la carga de la prueba en ciertas situaciones de daños generalizados o violaciones sistemáticas de los derechos humanos, como en el delta del Níger, para que las empresas matrices tengan que demostrar que no son legalmente responsables.  

Por desgracia, los gobiernos parecen tener poco interés en realmente cerrar estas “brechas de gobernanza” creadas por la globalización, que el profesor John Ruggie identificó como la “causa última de la difícil situación de los derechos humanos en relación con las empresas”. Los “planes de acción nacional” de los gobiernos con respecto a los negocios y los derechos humanos han sido tímidos en cuanto a sus ambiciones; no han abordado estas cuestiones sistémicas y se han enfocado, en cambio, en delegar el problema a los mecanismos de quejas a nivel corporativo.

Los gobiernos tampoco están dispuestos a abordar un problema muy evidente: el tremendo desequilibrio de poder entre las corporaciones globales y las personas, a menudo pobres, cuyas vidas se ven afectadas por sus actividades. Los individuos y las comunidades que experimentan los abusos de las empresas deben librar una penosa batalla para llevar sus casos ante los tribunales de los países de origen, con solo un puñado de abogados en todo el mundo que tienen la voluntad y la capacidad para tomar dichos casos, únicamente para, una vez ahí, enfrentar dificultades de procedimiento y retrasos. Tienen que enfrentarse a poderosas empresas que, a pesar de sus palabras a favor de los derechos humanos, luchan con uñas y dientes para evitar responsabilizarse de las violaciones de derechos, y tienen todo el dinero para lograrlo.

No obstante, existen algunas señales positivas. El mismo día del fallo del tribunal británico, un tribunal canadiense dictaminó que podrá seguir adelante, en Canadá, una demanda contra Tahoe Resources por la represión violenta de una protesta pacífica en Guatemala en 2013. En 2015, un tribunal en Holanda adoptó el enfoque contrario al del tribunal británico y decidió que el caso presentado por otra comunidad nigeriana afectada por el petróleo podría proceder en contra de la empresa matriz de Shell. Estos tribunales están dispuestos a considerar los casos sobre la base de sus fundamentos, y no de un mero tecnicismo.  

En el Reino Unido, las dos comunidades del delta del Níger ya señalaron que apelarán la decisión judicial de la semana pasada. Deseamos y esperamos que el Tribunal de Apelaciones revoque el fallo y de esa manera demuestre que el sistema judicial del Reino Unido está dispuesto a llamar a cuentas a las empresas británicas por las violaciones de derechos humanos cuando esto se justifica con base en los hechos materiales del caso.    

Por último, alejándonos un poco de los tecnicismos legales, lo esencial es lo siguiente: ¿cómo pueden las oficinas centrales de una empresa multinacional beneficiarse a sabiendas de las violaciones cometidas en el curso de sus operaciones y, al mismo tiempo, negar que tienen responsabilidad alguna? Lo que deberíamos preguntarnos es: si la empresa matriz no supervisó las acciones de su filial, ¿cuál fue su razón para no hacerlo?