Reconsiderar el acoso sexual como violencia de género: el mérito del marco de derechos humanos

Ilustration - César Andrés Rodríguez

Womens participating in The Women's March of 2018, in Philadelphia (U.S.A) 

En los últimos meses, hemos observado una avalancha mediática cada vez más intensa en la que los relatos sobre acoso sexual y violencia sexual han pasado a primer plano. Poderosos políticos, actores, directores, inversionistas de tecnología de alto nivel, directores ejecutivos y muchos otros en posiciones de poder han sido arrasados por acusaciones de sexismo, acoso sexual, insinuaciones sexuales inapropiadas y otras formas de violencia sexual.

Se ha abierto un espacio en el que las mujeres pueden dar testimonio de sus experiencias de acoso y violencia sexual. Shruti Merchant, fundadora de HubHaus, una empresa de viviendas con sede en Redwood City, afirmó que “[t]odo este año ha sido un despertar”. La visibilidad de las denuncias de abusos ha quebrantado el silencio tradicionalmente aceptado en las industrias dominadas por los hombres. En consecuencia, muchos abusadores han perdido sus empleos, han sido desacreditados y señalados públicamente como individuos que abusaron de su posición de poder para deshumanizar a las mujeres a través de insinuaciones sexuales, tocamientos inapropiados y no deseados, y muchas otras formas de violencia sexual.

También hemos visto salir a la luz más relatos sobre acoso sexual y violencia sexual gracias al movimiento #Metoo. El movimiento #Metoo fue un uso increíble de hashtags y redes sociales que abrió un espacio para que las mujeres hablaran sobre sus experiencias dolorosas, deshumanizadoras o vergonzosas y no se sintieran solas. “Durante mucho tiempo, la mayoría de las mujeres definieron así sus propias experiencias de acoso y agresión sexual: como algo de lo que no se habla, algo privado, algo que sería vergonzoso reconocer”. Si bien no es una solución absoluta ni un movimiento con objetivos a largo plazo, el movimiento #Metoo abrió una caja de Pandora de historias de violencia sexual que desencadenó un ardor activista, junto con otras campañas como la de #TimesUp.

Sin embargo, resulta inquietante que se considere el acoso sexual y la violencia sexual contra las mujeres como comportamientos “inapropiados” o “decepcionantes”, en lugar de como delitos o violaciones de derechos humanos. Savanahh Guthrie comentó sobre las recientes acusaciones de conducta sexual inapropiada contra Matt Lauer, haciendo la siguiente pregunta: “¿Cómo reconcilias tu amor hacia alguien con la revelación de que esa persona se comportó mal?”. Si bien es impactante enterarse de que un colega o compañero de trabajo respetado fue responsable de esta clase de abusos, la pregunta más importante es: ¿por qué nos referimos a estos problemas de violencia de género como un simple “mal comportamiento”?

Esta caracterización del acoso sexual y la violencia sexual es increíblemente problemática, ya que perpetúa la interpretación errónea de que el acoso sexual en particular es meramente inapropiado e incómodo, y no necesariamente ilegal y sancionable conforme a la ley. Tratar el acoso sexual y la violencia sexual como normas sociales obsoletas en lugar de como violaciones de derechos humanos resta importancia al hecho de que estos actos son violaciones de derechos humanos y, en muchos países, delitos penales.

De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud (OMS), “una de cada tres mujeres ha sido golpeada, obligada a tener relaciones sexuales o maltratada de alguna otra manera, la mayoría de las veces por una persona conocida”. Ilustrando el carácter endémico de la violencia sexual, una carta abierta en nombre de 700,000 trabajadoras del sector agrícola estadounidense acogió con satisfacción la creación del movimiento #TimesUp, al tiempo que indicó que estas mujeres, como muchas otras, han soportado el acoso sexual y la violencia de género en las sombras, ocultas a la vista del público:

Nos gustaría poder decir que nos sentimos escandalizadas al saber que este es un problema tan generalizado en su industria. Por desgracia, no nos sorprende porque es una realidad que conocemos demasiado bien. Un sinnúmero de trabajadoras agrícolas de todo el país sufren en silencio debido a las agresiones sexuales y el acoso sexual generalizados que enfrentan en el lugar de trabajo.

La manera en que definimos el problema es importante, porque los marcos normativos internacionales determinan los posibles mecanismos de protección y los medios para buscar la rendición de cuentas. La Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer de las Naciones Unidas define la violencia de género como “todo acto de violencia basado en la pertenencia al sexo femenino que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o sicológico para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la vida privada”. La violencia de género ha desempeñado un papel decisivo en la creación de un marco para una amplia gama de formas de violencia contra la mujer u otros géneros ajenos al binario masculino-femenino.

Por ende, la violencia de género está prohibida conforme al derecho internacional de los derechos humanos. Aunque los Estados Unidos no son un Estado parte de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés), las prohibiciones de la violencia de género contra las mujeres que están contempladas en dicha Convención se han convertido en normas del derecho internacional consuetudinario, lo que exige su prohibición.

Dentro de este marco jurídico internacional, los Estados tienen la obligación de proteger los derechos de las mujeres y las minorías de género contra la discriminación mediante el establecimiento de protecciones jurídicas para salvaguardar eficazmente sus derechos, absteniéndose de prácticas discriminatorias por parte de las autoridades e instituciones públicas, tomando medidas apropiadas para eliminar la discriminación por parte de personas o entidades privadas, derogando las disposiciones penales discriminatorias y adoptando medidas legislativas y de otro tipo que prohíban todas las formas de discriminación.

En los Estados Unidos, el acoso sexual no se ha considerado tradicionalmente como una violación de los derechos humanos o, de manera más concreta, como una forma de violencia de género. En cambio, el acoso sexual y otras formas de violencia de género han sido tratados como parte de la esfera “privada”. Como obstáculo adicional, los remedios jurídicos nacionales para enfrentar la violencia de género son limitados cuando los responsables de la violencia son actores privados. En muchos países, la violencia sexual no siempre se denuncia, y no se investiga ni se enjuicia de la misma manera que otros delitos similares que no se basan en el sexo o el género. Por otra parte, las relaciones preexistentes entre la víctima y el autor de los hechos constituyen otro obstáculo para las víctimas, porque se les presiona para que se reconcilien con los agresores y porque se considera que la violencia es “un asunto privado”.

Utilizar el marco de la violencia de género deja claro que el derecho a no ser objeto de violencia de género es indivisible e interdependiente de otros derechos humanos importantes como el derecho a la vida, la salud, la seguridad de la persona, la igualdad y a no ser sometido a torturas o tratos crueles, inhumanos o degradantes, entre otros. Este marco, basado en las protecciones de la CEDAW, aclara que la violencia de género puede ser el resultado de acciones u omisiones de actores estatales o no estatales (personas o entidades privadas), lo que amplía el alcance de la responsabilidad.

A fin de hacer frente a los obstáculos sistémicos y sociales, el discurso público debe incluir respuestas integrales que acaben con la noción de que este tipo de violencia solo afecta a los autores y los sobrevivientes de la violencia. Además, este debate, así como la reconsideración del acoso sexual como violencia de género, debe ir más allá de la dicotomía binaria de género que presupone que las mujeres son “víctimas” y que los hombres son perpetradores. Este discurso ya no debe victimizar a las mujeres y otras minorías de género y tiene que incorporar la idea de la “situacionalidad” de los sobrevivientes. Es preciso dejar de perpetuar los desequilibrios de poder en el dualismo patriarcal y los roles de género estereotipados para generar un cambio en los medios que permiten la marginación de las mujeres y las minorías de género y la violación de sus derechos.